Curso Alérgenos

Todos los operadores alimentarios están obligados a tener implantado en sus cartas-menú la normativa UE 1169/2011 de alérgenos publicada en BOE el día 13/12/2014. Todos los sectores alimentarios deberán llevar una gestión interna a nivel de información al consumidor en la que se especifiquen los alérgenos alimentarios que contempla la citada normativa.

A continuación detallamos los catorce alérgenos que según normativa CEE 1169/2011 se deben de insertar en nuestras cartas-menú

ESTABLACIMIENTOS

Esta Información afecta a establecimientos que:

  • Sirvan comidas como bares, cafeterías, restaurantes o similares.
  • Vendan alimentos sin envasar o envasados a petición del consumidor como por ejemplo: fiambres, panes, sandwiches, tartas, comidas preparadas u otros alimentos a granel.
  • Vendan o suministren alimentos sin envasar a otros establecimientos, tales como Escuelas infantiles, Hospitales, Geriátricos, Restaurantes, Colegios.

                                                               ¿Como conseguir el título de alérgenos?

Una vez hayamos recibido su información, le enviaremos a su cuenta de correo electrónico y a su domicilio personal por correo ordinario el certificado de manipulador de alimentos, además le enviaremos el título de alérgenos alimentarios sin coste alguno.


Gabinete de Asesores agroalimentarios S.L. - Calle Gran Vía nº 6, 4º Izda.-28013 (Madrid) - Teléfono 91.460.84.41
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